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Personero Estudiantil 2020

PERSONERO ESTUDIANTIL 2020

Es el estudiante del grado once elegido por voto popular encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el pacto de convivencia.

FUNCIONES:

 

  • Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento.

  • Pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros y otras formas de deliberación.

  • Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes, sobre lesiones a los derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

  • Presentar ante el rector, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que consideren necesarias, para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

  • Apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del rector, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

Yeison Andres Arias Echeverry

DERECHOS DEL PERSONERO

 

  • Ser reconocido y apoyado como gestor de paz y convivencia.

  • Ser tenido en cuenta cuando se tomen decisiones, especialmente las que están relacionadas con los derechos y deberes de los estudiantes.

  • Recibir información oportuna sobre las decisiones y actividades relacionadas con su labor.

  • Recibir capacitación sobre temas útiles para su eficaz desempeño y crecimiento personal.

  • Utilizar los medios de comunicación de su establecimiento como emisora, periódico mural y otros para dar información sobre su labor o para realizar actividades de convivencia y paz.

  • Organizar foros, mesas de trabajo, talleres etc. Encaminados a la paz escolar.

 

DEBERES:

 

  • Observar buena conducta de manera que sirva de ejemplo a los estudiantes de la institución.

  • Asistir a las reuniones del Consejo Directivo en representación de los estudiantes cuando se le solicite.

  • Servir como mediador de conflictos entre estudiantes, estudiantes y profesores.

  • Liderar ante el rector o quien corresponda actividades que conlleven el beneficio de la institución o de los miembros de la comunidad educativa.

 

INCOMPATIBILIDADES

 

El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el consejo directivo

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